Prevén figuras de solución de conflictos al margen de la autoridad jurisdiccional, esto es vía arbitraje, según las necesidades del asunto y la legislación aplicable se creará la comisión de arbitraje correspondiente, apegada a los máximos principios de equidad, imparcialidad y justicia, con recurso de revisión de parte del Presidente de este H. Colegio, los honorarios y costas se determinarán desde el inicio de la contratación. La mayoría de las veces cuando existe esta opción, resulta mas recomendable ya que se realiza un estudio exhaustivo del asunto y se determina conforme a derecho no dejando asuntos pendientes de resolver.